Expediente Matrimonial

El expediente matrimonial ante notario es un trámite previo que se requiere para la celebración del matrimonio civil.

Expediente Matrimonial

¿Qué es el expediente matrimonial?

El expediente matrimonial es un procedimiento legal que se utiliza para verificar que los contrayentes cumplen con los requisitos legales para contraer matrimonio civil. Este expediente se realiza para asegurar que no existen impedimentos legales para el matrimonio, como matrimonio previo, prohibición por parentesco, o falta de capacidad legal.

Información básica

El expediente matrimonial ante notario es un trámite requerido para casarse civilmente en España

• Documentos de identidad de los comparecientes (DNI, NIE, pasaporte, etc.), además de datos como dirección habitual, estado civil y profesión u oficio.• Certificados literales de nacimiento de ambos cónyuges.• Certificados de empadronamiento, con una vigencia de no más de tres meses.• Certificados de antecedentes penales del país de residencia (en caso de extranjeros –sin DNI español-, se necesitarán tanto los certificados de antecedentes españoles/país de residencia y los de su país de origen)• Estado civil de los contrayentes, ya que si son divorciados necesito sentencia de divorcio y certificado de matrimonio con la inscripción del divorcio del registro civil. • Certificados de soltería.• Si los contrayentes son italianos, portugueses o franceses, certificado de capacidad matrimonial. Se solicita en la embajada o en el consulado.• Dos testigos que no sean familiares. (Datos personales y documentos de identidad)• Dónde se casarían, ante qué autoridad y en qué régimen, si gananciales o separación de bienes. • Justificante del colegio notarial asignando a nuestro notario y el número de expediente.En caso de haber un contrayente extranjero (sin DNI español), pasaporte y NIE, antecedentes penales de su país de origen y españoles, y todos los documentos tienen que estar apostillados y en su caso traducidos. • Dos testigos que pueden ser familiares o no, y podrían ser los mismos que los testigos del expediente matrimonial. (Datos personales y documentos de identidad)Solo se necesitarían los datos de los dos testigos puesto que del expediente matrimonial previo ya tendríamos el resto de datos de los contrayentes.

Cuando se necesita

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El expediente matrimonial ante notario es un trámite requerido para casarse civilmente en España

Documentación necesaria

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• Documentos de identidad de los comparecientes (DNI, NIE, pasaporte, etc.), además de datos como dirección habitual, estado civil y profesión u oficio.• Certificados literales de nacimiento de ambos cónyuges.• Certificados de empadronamiento, con una vigencia de no más de tres meses.• Certificados de antecedentes penales del país de residencia (en caso de extranjeros –sin DNI español-, se necesitarán tanto los certificados de antecedentes españoles/país de residencia y los de su país de origen)• Estado civil de los contrayentes, ya que si son divorciados necesito sentencia de divorcio y certificado de matrimonio con la inscripción del divorcio del registro civil. • Certificados de soltería.• Si los contrayentes son italianos, portugueses o franceses, certificado de capacidad matrimonial. Se solicita en la embajada o en el consulado.• Dos testigos que no sean familiares. (Datos personales y documentos de identidad)• Dónde se casarían, ante qué autoridad y en qué régimen, si gananciales o separación de bienes. • Justificante del colegio notarial asignando a nuestro notario y el número de expediente.En caso de haber un contrayente extranjero (sin DNI español), pasaporte y NIE, antecedentes penales de su país de origen y españoles, y todos los documentos tienen que estar apostillados y en su caso traducidos. • Dos testigos que pueden ser familiares o no, y podrían ser los mismos que los testigos del expediente matrimonial. (Datos personales y documentos de identidad)Solo se necesitarían los datos de los dos testigos puesto que del expediente matrimonial previo ya tendríamos el resto de datos de los contrayentes.

Preguntas frecuentes sobre el trámite de Expediente Matrimonial

01

¿Qué es el expediente matrimonial?

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El expediente matrimonial ante notario es un proceso legal que facilita la celebración del matrimonio civil en España. Este trámite debe ser solicitado al Colegio Notarial, y luego el notario asignado verificará que no haya impedimentos para la boda.

02

¿Cómo se tramita el expediente matrimonial ante notario?

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1. Solicitud al Colegio Notarial:La pareja debe solicitar el expediente al Colegio Notarial de la comunidad autónoma donde resida uno de los contrayentes. 2. Designación del notario:El Colegio Notarial asignará un notario para tramitar el expediente. 3. Entrega de documentación:La pareja debe entregar en la notaría la documentación solicitada por el notario.

03

¿Qué documentación necesito?

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• Documentos de identidad de los comparecientes (DNI, NIE, pasaporte, etc.), además de datos como dirección habitual, estado civil y profesión u oficio.• Certificados literales de nacimiento de ambos cónyuges.• Certificados de empadronamiento, con una vigencia de no más de tres meses.• Certificados de antecedentes penales del país de residencia (en caso de extranjeros –sin DNI español-, se necesitarán tanto los certificados de antecedentes españoles/país de residencia y los de su país de origen)• Estado civil de los contrayentes, ya que si son divorciados necesito sentencia de divorcio y certificado de matrimonio con la inscripción del divorcio del registro civil. • Certificados de soltería.• Si los contrayentes son italianos, portugueses o franceses, certificado de capacidad matrimonial. Se solicita en la embajada o en el consulado.• Dos testigos que no sean familiares. (Datos personales y documentos de identidad)• Dónde se casarían, ante qué autoridad y en qué régimen, si gananciales o separación de bienes. • Justificante del colegio notarial asignando a nuestro notario y el número de expediente.En caso de haber un contrayente extranjero (sin DNI español), pasaporte y NIE, antecedentes penales de su país de origen y españoles, y todos los documentos tienen que estar apostillados y en su caso traducidos. • Dos testigos que pueden ser familiares o no, y podrían ser los mismos que los testigos del expediente matrimonial. (Datos personales y documentos de identidad)Solo se necesitarían los datos de los dos testigos puesto que del expediente matrimonial previo ya tendríamos el resto de datos de los contrayentes.

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